D-D-Cancer.de.Mama
FUNDAMENTOS
A partir de 1973, la incidencia del cáncer de mama está creciendo en todo el mundo, pero en los países occidentales en vías de desarrollo se ha duplicado la cantidad de casos, especialmente en las grandes ciudades. Así lo publicó en enero último la revista The New England Journal of Medicine. Hoy, en el país, se estima que 1 de cada 8 mujeres tendrá esta enfermedad, que será tema del 29° Congreso Internacional de Medicina Interna.
En la Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer (Lalcec), esta tendencia tampoco escapa a los especialistas.
En Argentina se cuenta con muy pocos datos estadísticos. Por ahora, las cifras disponibles son parciales y muy aisladas. En Lalcec, por ejemplo, donde las mujeres pueden acceder a los controles ginecológicos y mamarios, el grupo más afectado es el de entre 33 y 40 años.
Entre los factores asociados con el estilo de vida que pueden estar impulsando esta tendencia, The New England Journal of Medicine menciona también una alimentación rica en grasas, tener menos hijos o retrasar la maternidad. El estrés produce cambios hormonales, que podrían favorecer la aparición del cáncer asociado con la inmunidad baja, razón por la cual se detectaría más en las más jóvenes.
Por estas razones, que ampliaré oportunamente en el recinto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Mendoza, 8 de Septiembre de 2008
Mirta Díaz
Diputada Provincial
D-D-Cancer.de.Mama
LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
DECLARA:
Artículo 1º: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, implementara una campaña de difusión sobre el cáncer de mama, teniendo en cuenta los siguientes puntos:
Situaciones que pueden poner en riesgo a la población femenina de padecer cáncer de mama;
Formas de prevención;
Formas de detección y la importancia de la detección temprana;
Tratamientos y lugares a donde deben dirigirse para consultas y atención terapéutica.
Artículo 2º: Que vería con agrado que la campaña mencionada en el artículo primero (1º) de la presente norma legal se realizara a través de los diferentes medios de comunicación masiva con alcance en todo el territorio provincial, y por medio de folletería de distribución masiva en los consultorios externos y las áreas de ginecología de los hospitales públicos y centros de atención médica departamentales de Mendoza.
Artículo 3º: Que en el mismo sentido, sería imprescindible, que tanto los programas que la Provincia desarrolla para el cumplimiento de los objetivos que desarrolla este proyecto como así también las salas de atención de dicha patología en los hospitales públicos de nuestra Provincia cuenten con el recurso humano, tecnológico, farmacológico e insumos en general para la atención esmerada de las mujeres que la padecen.
Artículo 4º: De forma.
Mirta Díaz
Diputada provincial
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Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza
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