Nombre del proyecto: tgz-d-educacionambiental

Tipo de proyecto: Ley

Autor: Diputado Tadeo García Zalazar

Coautores: PAMELA VERASAY- LORENA MESCHINI- PABLO NARVAEZ

GUSTAVO VILLEGAS- DIEGO GUZMAN- NESTOR PARES

Bloque: Unión Cívica Radical

Tema: Solicitud al poder Ejecutivo de incorporación de la Educación Ambiental como eje transversal a todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial.

 

 

Nº de Expediente:

Fojas:

Fecha de presentación:

 

 

 

 tgz-d-educacionambiental

FUNDAMENTOS

 

El presente proyecto se presenta en el marco del Programa de Voluntariado Legislativo “Legislatura + VOS 2014”, el cual tiene como objetivo principal brindar un espacio de participación ciudadana en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, y promover la capacitación de jóvenes en la formulación de proyectos de ley como instrumento de participación, diagramación e implementación de políticas públicas.

Los participantes que han contribuido en el presente proyecto son Yamila Daga bajo la coordinación de Leandro Fruitos, la Dra. María Celina Fraga y la Lic. Adriana Yenarópulos en la Comisión de Medio Ambiente.

 

La Educación Ambiental es un proceso a través del cual se aclaran los fenómenos que suceden en el entramado de la naturaleza, se facilita la comprensión y valoración del impacto de las relaciones entre el hombre, su cultura y los procesos naturales, y sobre todo se alienta a un cambio de valores, actitudes y hábitos que permitan la elaboración de un código de conducta con respecto a las cuestiones relacionadas con el medio ambiente.

La importancia de instaurar la Educación Ambiental en todos los niveles de enseñanza y en la preparación profesional de los docentes, nace de la necesidad de crear conciencia en los ciudadanos para generar cambios en sus vidas, en sus comportamientos individuales y colectivos. Esos cambios han de influir en los procesos de toma de decisiones respecto al ambiente, en el hogar y en el trabajo, en la escuela y en la empresa.

La reforma constitucional del año 1994, introduce por primera vez en nuestra Carta Magna la protección del medio ambiente. En el Artículo 41, el más conocido en este sentido, establece, entre otros, el derecho a un ambiente sano.

Es importante también, hacer referencia a la Declaración de Estocolmo del año 1.972 que consagra -en su Principio 19- a la Educación Ambiental como una labor indispensable dirigida tanto a las generaciones jóvenes como a los adultos y que presente la debida atención al sector de población menos privilegiado, para ensanchar las bases de una opinión pública bien informada y de una conducta de los individuos, de las empresas y de las colectividades inspirada en el sentido de su responsabilidad en cuanto a la protección y mejoramiento del medio en toda su dimensión humana.

El Principio 19 antes mencionado, continúa diciendo que es también esencial que los medios de comunicación de masas eviten contribuir al deterioro del medio humano y difundan, por el contrario, información de carácter educativo sobre la necesidad de protegerlo y mejorarlo, a fin de que el hombre pueda desarrollarse en todos los aspectos.

En gran parte de la sociedad, se ha perdido la identidad de los individuos frente a su entorno. Esto está determinando en ellos una grave falta de preocupación por el mañana y de interés por los demás y por sus propios descendientes, por ello es que deben producirse cambios integrales en la conciencia ambiental.

Si entendemos a la Educación Ambiental como agente de cambio y transformación social, entonces ella adquiere un rol preponderante para generar y promover esos cambios tan necesarios en la esfera social, a través de la sensibilización y concientización.

La Educación Ambiental se presenta como una alternativa para generar valores que se traduzcan en conductas y actitudes favorables para promover el desarrollo equilibrado en armonía con el entorno circundante, generando así ciudadanos responsables del ambiente, de lo que suceda y provoquen en él, y de las soluciones viables a posibles problemas, desarrollando capacidades intelectuales, morales y espirituales que terminen reflejándose en el ámbito actitudinal de las personas.

Para esto, la Educación Ambiental debe desarrollarse en el plano intelectual, entregando contenidos temáticos que sienten las bases teóricas al respecto; en el plano práctico, promoviendo y desarrollando acciones para el mejoramiento del medio ambiente y cuidado de los recursos; y en el plano ético-moral, ayudando a la formación en valores y responsabilidad ambiental.

La Educación Ambiental debe ser incorporada al sistema educativo en forma sistémica y como eje transversal, ya que es necesario que abarque todos los ámbitos educativos para que se constituya en UNA FORMA DE VIDA para los estudiantes. Por esto se hace necesario desarrollar metodologías y estrategias que permitan a los docentes implementar una pedagogía ambiental para generar un cambio de actitud, a través del conocimiento de temas ambientales. Necesitamos formar personas ambientalmente responsables y que sean agentes de cambio para su entorno inmediato, tanto familiar, como comunidad educativa en general, y además sean precursores de este cambio en generaciones futuras.

Eje transversal es aquel cuyos contenidos atraviesan todo el proceso de enseñanza y aprendizaje, relacionados con las habilidades de expresión y comunicación, con el pensamiento lógico, reflexivo, crítico y creativo y con el compromiso frente a la convivencia, la salud y el ambiente.

El ambiente que rodea al ser humano y del cual forma parte, es un sistema. Es decir, un conjunto de elementos vinculados entre sí a través de relaciones recíprocas e interdependientes, pero que configura un todo unitario. Esta mirada sistémica de lo que el ambiente es, explica la necesidad de los enfoques multi e interdisciplinarios, los cuales no tienen el desarrollo epistemológico de las disciplinas clásicas dado el carácter complejo de estos temas y de las múltiples vinculaciones con los diferentes saberes.

En general se defiende la idea de que la Educación Ambiental, por su complejidad antes referida, no debe ser una disciplina escolar específica y ello sobre la base de los siguientes motivos:

1)- La Educación Ambiental no se limita a la enseñanza de la Ecología, sino que constituye ante todo una “educación”, destinada a suscitar comportamientos y transmitir valores; por ello no puede llevarse a cabo en el marco de una disciplina única.

2)- Para poder analizar los problemas medioambientales y proponer soluciones, se requieren conocimientos de diversas disciplinas; de ahí que la Educación Ambiental no pueda dejarse en manos de un solo docente, que difícilmente podría abarcar todo el saber necesario.

En referencia a lo anteriormente expuesto es que consideramos que la Educación Ambiental debe estar incluida en la currícula educativa, no como asignatura autónoma sino que debe impartirse de forma transversal, recurriendo a los conocimientos de diversas disciplinas para tratar los temas ambientales desde todos los niveles de enseñanza, cumpliendo los siguientes objetivos:

a)- Conciencia: ayudar a los alumnos a adquirir conciencia del medio ambiente global

b)- Conocimientos: ayudar a los alumnos a adquirir una diversidad de experiencias y una comprensión fundamental del medio y de los problemas anexos.

c)- Comportamientos: ayudar a los alumnos a compenetrarse con una serie de valores y a sentir interés y preocupación por el medio ambiente, motivándolos de tal modo que puedan participar activamente en la mejora y protección del mismo.

d)- Aptitudes: ayudar a los alumnos a adquirir las aptitudes necesarias para determinar y resolver los problemas ambientales.

e)- Participación: proporcionar a los alumnos la posibilidad de participar activamente en las tareas que tienen por objeto resolver los problemas ambientales.

Las diferentes áreas del currículo abarcan la totalidad de los objetivos referidos al medio ambiente, tanto los de tipo conceptual como los que se refieren a procedimientos y actitudes.

Así, a través de las Ciencias Naturales, tales como Biología, Física, Química o Geografía, el alumno puede adquirir importantes conocimientos en asuntos de relevancia como el ciclo del carbono, la contaminación en los ecosistemas y sus consecuencias en las cadenas alimenticias, la erosión de los suelos y la contaminación de las aguas, la deforestación y la pérdida de la biodiversidad. También se pueden comprender los distintos problemas

ambientales ligados a diferentes fuentes de energía, la contaminación radiactiva o la contaminación sonora, el calentamiento global, la luz ultravioleta y sus dañinos efectos en los seres humanos.

En Formación Ética y Ciudadana, Filosofía o Derecho el alumno debe conocer de manera integral su derecho constitucional a un ambiente sano y la manera en que el mismo es reglado por diferentes Tratados Internacionales de Jerarquía Constitucional. Estas áreas son fundamentales para crear conciencia sobre la vida humana en las actuales condiciones globales y la forma en que se está comprometiendo la capacidad de las futuras generaciones para atender sus necesidades. La ética que tiene que ver con el medioambiente, es la ética de la responsabilidad, por ello se debe proveer a una educación en valores morales, involucrando en ella el tema del medio ambiente y el desarrollo sostenible.

Por medio de materias como Economía o Administración Empresarial podemos proveer al desarrollo sustentable, optimización en la explotación de recursos naturales y concientización en el consumo. También se pueden abarcar temas tales como la responsabilidad social de las empresas e industrias frente al impacto ambiental de las actividades que éstas desarrollan.

Asignaturas como Informática o Tecnología son idóneas para conocer las nuevas tecnologías eco-amigables, su desarrollo y usos. También sirve a la hora de fomentar campañas de recogido de papeles, vidrios o pilas para proyectos de reciclaje o para ayudar a los alumnos a armar proyectos ecológicos para las ferias de ciencias.

En las clases de Educación Física los alumnos deben aprender la importancia de un ambiente saludable para el óptimo funcionamiento del organismo durante la actividad física o el deporte. También se puede promover la elaboración de elementos de enseñanza a través de la recuperación de materiales que pueden ser reciclados.

Por último cabe destacar el aporte de asignaturas como Literatura, Comunicación, Educación Plástica o Teatro. Las mismas, son medios idóneos para transmitir valores culturales, siendo muy eficaces a la hora de tratar cuestiones emocionales y sentimientos de pertenencia, ambos fundamentales para desarrollar la conciencia y la participación ambiental del alumno.

La Educación Ambiental no puede sólo ser parte de programas de duración incierta o depender del interés personal de un docente o directivo. La Educación Ambiental debe ser una parte obligatoria en la currícula de los niveles inicial, primario y secundario, así como de la formación docente.

Incorporar la Educación Ambiental en la escuela de forma sistemática es una necesidad del mundo actual.

Por los proyectos anteriormente expuestos es que solicito a mis pares acompañen con su voto positivo la probación del presente proyecto de declaración.

 

tgz-d-educacionambiental

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

Artículo1: Que vería con agrado que la Dirección General de Escuelas, tome las medidas conducentes a fin de lograr la incorporación de la Educación Ambiental cómo eje transversal a todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial, con los siguientes objetivos:

a)- Promover la modificación de los diseños curriculares, articulando los diferentes enfoques de manera transversal e interdisciplinaria de la Educación Ambiental;

b)- diseñar, difundir, implementar y dictar talleres, seminarios, jornadas y cursos en materia ambiental;

c)- fomentar prácticas educativas tendiendo a desarrollar una mayor conciencia del cuidado ambiental;

d)- promover programas de formación e investigación docente en Educación Ambiental que permitan la capacitación y la integración de conocimientos.

Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.  

Honorable Cámara de Diputados

Provincia de Mendoza

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