Nombre del proyecto: tgz-l-huellacarbono
Tipo de proyecto: Ley
Autor: Diputado Tadeo García Zalazar
Coautores: PAMELA VERASAY- LORENA MESCHINI- PABLO NARVAEZ
GUSTAVO VILLEGAS- DIEGO GUZMAN- MARTIN KERCHNER
NESTOR PARES
Bloque: Unión Cívica Radical
Tema: Promover la medición y disminución de la huella de carbono a través de la implementación de beneficios tributarios y preferencias a los proveedores del Estado.
Nº de Expediente:
Fojas:
Fecha de presentación:
tgz-l-huellacarbono
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto se presenta en el marco del Programa de Voluntariado Legislativo “Legislatura + VOS 2014”, el cual tiene como objetivo principal brindar un espacio de participación ciudadana en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, y promover la capacitación de jóvenes en la formulación de proyectos de ley como instrumento de participación, diagramación e implementación de políticas públicas.
Los participantes que han contribuido en el presente proyecto Camila Corvalán, Brian Quiroga, Valentina Reig, Facundo Rossi, Camila Guarino e Ignacio Hauser bajo la coordinación de la Dra. María Celina Fraga, Leandro Fruitos y la Lic. Adriana Yenarópulos en la Comisión de Medio Ambiente.
El presente proyecto de ley busca formar conciencia sobre el calentamiento global causado por las emisiones de efecto invernadero (GEI) y de la necesidad de tomar fuertes decisiones políticas orientadas a promover la reducción de estos gases en el sector productivo del territorio de la Provincia de Mendoza a través de la promoción de la certificación de Huella de Carbono según los estándares establecidos a nivel internacional.
En los últimos años ha surgido una creciente preocupación a nivel mundial por el origen antropogénico de los GEI, la necesidad de medirlos y generar estrategias para su reducción. Esta preocupación dio nacimiento,
en 1992, a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y, en 1997, al Protocolo de Kyoto.
Como recientemente indicó el Presidente del Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC), Rajendra Kumar Pachauri, en la conferencia “Entendiendo la Ciencia en el Cambio Climático” (Lima, Perú): “Hoy la industria necesita mucha materia prima, en actividades como el transporte y la agricultura, entre otras, lo cual nos puede dar una idea del aumento de las emisiones de carbono en la actualidad. Por eso es preciso cambiar el patrón energético mundial con nuevas tecnologías verdes y ayuda para la adaptación al cambio”.
La Argentina como parte de la Convención, y como país cuya economía se basa en la producción primaria, se ha propuesto una reducción sostenible de las emisiones de GEI proveniente de las actividades socioeconómicas sin que afecte la capacidad del desarrollo del país.
La Provincia de Mendoza no debe ser ajena a ese propósito y por ello es que la presente ley está dirigida a todo el sector productivo, correspondiéndole calcular la huella de carbono a través de las certificaciones reconocidas a nivel mundial. Esto va a permitir conocer las emisiones de cada parte y definir acciones que permitan mitigarlas.
Por otra parte, los compradores extranjeros de nuestros productos ya están exigiendo que tengan esta certificación, entonces se puede considerar esta iniciativa como una herramienta para mantener e incrementar los niveles de competitividad en los mercados internacionales,
como así también mostrar el compromiso respecto a la reducción de los efectos del cambio climático que afectan mundialmente.
Por ello, y con el fin de fomentar y concientizar al sector productivo sobre la importancia de reducir los GEI y de introducirlos en la senda del cuidado del medio ambiente a largo plazo, es que se aplica una reducción de un 3% en el impuesto a los ingresos brutos, a aquellas empresas que certifiquen las respectivas normas internacionales.
Esta reducción se inspira en el conocimiento de la problemática económica actual de la provincia, buscando evitar el perjuicio y negativa a la implementación de la presente ley por el sector productivo, comenzando así, paulatinamente, un proceso de cambio en la forma de desempeñar su labor en el marco del desarrollo sostenible para satisfacer las necesidades económicas, sociales y ambientales actuales sin poner en riesgo la satisfacción para las generaciones futuras.
Por lo anteriormente expuesto, solicitamos a la Honorable Cámara de Diputados sancione el siguiente proyecto de Ley.
tgz-l-huellacarbono
PROYECTO DE LEY
EL H. SENADO Y LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1: Objetivos generales. Son objetivos de la presente ley:
Concientizar sobre los efectos del cambio climático originados a partir de la contaminación atmosférica y sobre las ventajas y oportunidades de trabajar con criterios ambientales;
diseñar estrategias para disminuir la emisión de gases de efecto invernadero, a partir de la medición de la huella de carbono en la cadena productiva provincial a fin de promover políticas que tiendan a una cadena productiva eficiente;
promover una cultura comercial responsable mediante la implementación de una etiqueta que contenga la información de impacto ambiental que produce el servicio y/o producto a comercializar en el mercado;
asistir a los actores de la cadena productiva de Mendoza a gestionar con mayor eficiencia su unidad productiva entendiendo al cuidado del medio ambiente como una inversión a mediano y a largo plazo en beneficio social.
Artículo 2: Objetivo específico. Promover el uso de herramientas de gestión de los procesos productivos y comerciales que permitan reducir los niveles de contaminación provenientes de toda empresa productora de bienes o prestadora de servicios, a través de la implementación de beneficios tributarios y preferencias a los proveedores del Estado.
Artículo 3: Definición de huella de carbono. Entiéndase por huella de carbono a la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos a la atmósfera derivados de las actividades de producción o consumo de bienes y servicios de los seres humanos medidos por un indicador parcial de impacto ambiental.
Artículo 4: Creación. Créase el Registro Voluntario de Huella de Carbono dentro del Registro Único de Proveedores de la Administración Provincial, dependiente de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes de la Provincia, para toda empresa productora de bienes o prestadora de servicios que certifique Huella de Carbono de acuerdo a los estándares internacionales.
Artículo 5: Incorporación. Incorpórase el artículo 147 bis a la Ley 8706 de Administración Financiera, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 147 bis: “El principio de prioridad a favor de personas físicas o jurídicas mendocinas, regirá también a aquellas que tengan certificación de Huella de Carbono que haya sido verificada por el órgano de aplicación y que se encuentren inscriptas en el Registro Voluntario de Huella de Carbono.
Dicha prioridad consistirá en que las personas físicas o jurídicas de origen provincial que certifiquen huella de carbono podrán mejorar o igualar el ofrecimiento más conveniente, en la medida que su oferta original no supere a la de los demás oferentes en un tres por ciento (3%).
Las disposiciones anteriores se aplicarán cuando la persona física o jurídica que haya realizado el mejor ofrecimiento originario no cumpla con la certificación de la Huella de Carbono.”
Artículo 6: Funciones de la Agencia de Cambio Climático. La Agencia de Cambio Climático deberá:
Recomendar y acompañar a las empresas durante el proceso de certificación de huella de carbono;
promover, divulgar, asesorar e incentivar acerca de la certificación de huella de carbono;
disponer la implementación de una etiqueta que contenga información de impacto ambiental sobre el producto y/o servicio a comercializar.
Artículo 7: Reducción impositiva. Establécese una reducción del 3% en Ingresos Brutos a las empresas que certifiquen Huella de Carbono de acuerdo a los estándares internacionales.
Artículo 8: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Mendoza