Autor: Diputado NÉSTOR PARÉS.

Coautor/a:

 

Tipo: Proyecto de Resolución.

 

Bloque: Unión Cívica Radical.

 

Clave: NP - R- Modificando el art. 13 del RI de la Honorable Cámara.-

 

Tema: Modificando el art. 13 del Reglamento Interno de la Honorable Cámara.-

 

Fecha de Presentación:

 

Expte:

 

Fojas:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

FUNDAMENTOS

 

La representación de cada uno de nosotros que conformamos el Cuerpo, se nos es conferida en los comicios, salvaguardando nuestro bien más preciado como sociedad: LA DEMOCRACIA.

 

En vistas a la nueva conformación que vivimos en ésta Cámara, justo es que nuestros compañeros integrantes del arco opositor, puedan acceder a ser autoridad de ésta Cámara, ocupando Vicepresidencias.

 

Así lo contienen todos los reglamentos de los Cuerpos, y así también lo podemos ver en numerosas experiencias, donde en resguardo de la Democracia, las minorías electorales son parte también del gobierno, de la cosa pública, conservando para sí, algunos puestos de importancia en la toma de decisiones.

 

Por ello, consideré oportuno, en vistas al principio de representación que debemos guardar en respeto a la actual realidad legislativa, ampliar las Vicepresidencias de la Cámara para encontrar representadas las diferentes ideologías de mis pares.

 

Por estos fundamentos y por otros que aportaré en ocasión del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito el acompañamiento de mis pares y a ésta Honorable Cámara en su conjunto, su aprobación.

 

 

 

H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

RESUELVE:

  

Artículo 1º: Sustitúyase el artículo 13 del Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 13 - Incorporados/as que sean los Diputados/as, que se hayan presentado y siempre que la Cámara se encontrara en quórum, se procederá por votación nominal a la elección definitiva de Presidente/a y Vicepresidentes/as 1º, 2º, 3º y , que deberá hacerse por mayoría absoluta de votos de los/las presentes, y entre los/as Diputados/as incorporados/as. En caso de no resultar la mayoría absoluta, se votará por los/las 2 (dos) candidatos/as que hubieren tenido mayor número de sufragios. En caso de empate, se repetirá la votación, y si aún resultase empatada, decidirá la suerte sobre los/as 2 (dos) en que haya recaído la votación.”

 

Artículo 2º: De forma.

 

0x01 graphic