HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

 

Nombre del Proyecto: PM- L- Programa de Gestión de reducción del uso de sorbetes y vasos plásticos o similares.

 

Tipo de Proyecto: Ley

 

Autor: Diputada Cristina Pérez

 

Bloque: Partido Justicialista

 

Tema: Créase el Programa de Gestión de reducción del uso de sorbetes plásticos o similares.

 

 

Expte:
Fojas:
Fecha:

FUNDAMENTOS:

H. CÁMARA:

Los sorbetes y vasos de plástico están en la vida cotidiana de cada uno de nosotros y, aunque fueron creados para reducir el contagio de enfermedades propias de los depósitos donde se guardan los productos, o para ayudar a personas que tienen discapacidades físicas, se convirtieron en el blanco principal de distintos movimientos ambientalistas, de múltiples países.

Estos elementos plásticos que habitualmente consumimos poseen metales pesados, que son utilizados para dar color a todos los plásticos, estos son tóxicos para el hígado, el riñón, el sistema nervioso y el cerebro, son cancerígenos. El Bisfenol A, que se encuentra en muchos utensilios de plástico, contenedores para comida, tapas de botellas, pastas dentales, soportes digitales, etc. El Bisfenol A, es un disruptor endócrino y se relaciona con casos de infertilidad femenina y alteraciones cromosómicas en fetos. También existen estudios científicos que confirman que la producción de un sorbete o un vaso de plástico tarda 1 minuto, mientras que 20 minutos se destinan a su uso, unos 200 años para su descomposición y 1.000 muertes de especies diariamente. Cabe destacar que su degradación podría llegar a tardar hasta 1.000 años.

En Argentina, las organizaciones ambientales también comienzan a denunciar las consecuencias ecológicas de los sorbetes. Muchas son las fundaciones que realizan campañas para reducir la huella plástica. Según datos de Greenpeace Argentina, estiman que para 2020 se usará un 900% más de plástico que en 1980. El problema específico de los sorbetes está en que, por sus dimensiones livianas y pequeñas, muy pocos terminan yendo a reciclaje.

Estos elementos generan demanda de recursos NO RENOVABLES, los mismos son innecesarios en muchos casos y su impacto negativo es incalculable. Son basura "eterna", ya que no son biodegradables y las empresas de reciclado generalmente no los utilizan por su difícil acopio debido a su tamaño y peso, muy pocos sorbetes o vasos plástocos llegan a reciclarse. José Luis Picone, director ejecutivo de la Cámara Argentina de la Industria del Reciclado Plástico, asegura que “dentro de la multiplicidad de productos plásticos que se acumulan, los que se reciclan son los que son muy grandes o los que llegan en cantidades enormes. Pensar en juntar cien toneladas de sorbetes o vasitos es hoy inviable”. 

La Constitución de la Nación Argentina expresa firmemente en su Artículo 41: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo".

Mendoza no se encuentra exenta de contaminación de estos elementos plásticos, en promedio cada mendocino descarta casi un kilo de basura domiciliaria por día. Esto equivale a decir que al menos 2 mil toneladas de desechos son retiradas de los hogares por parte de los diferentes municipios, particularmente en el caso de los sorbetes y vasos, su descarte se produce tanto en los hogares como en la vía pública, por lo tanto estos materiales de desecho contaminaban el ambiente. Además se convierten en una problemática ambiental, que se hace notoria en los cauces de corrientes superficiales, acequias y lugares de drenajes, ocasionando no solo atascamientos e inundaciones en calles, ciudades y lugares recreativos, sino también en causes de ríos, arroyos y lagunas, pudiendo perjudicar severamente, a la flora y fauna provincial.

Es por esto que se genera una imperiosa necesidad de realizar actividades que cumplan un rol ambiental conjugado con la participación social, crear conciencia en los ciudadanos respecto de la problemática de los materiales no biodegradables, fundamentalmente estimulando un cambio de hábitos. El cuidado del medio ambiente es responsabilidad de todos por ello es importante generar políticas que permitan su protección para las generaciones venideras. Una provincia que merezca vivirse y lograr una forma de vida confortable debe tener entre sus ejes estratégicos áreas verdes y naturales que estén libres de residuos plásticos.

Por lo mencionado, el presente proyecto de Ley quiere desalentar de manera progresiva, el uso de sorbetes y vasos plásticos, para ayudar a proteger el Medio Ambiente de nuestra provincia.

 

 

Ma. Cristina Pérez

DIPUTADA PROVINCIAL

 

EL H. SENADO Y LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1Créase el Programa de Gestión de reducción del uso de sorbetes y vasos plásticos o similares.

Artículo 2: Será autoridad de aplicación de la presente norma el Poder Ejecutivo provincial, a través de la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial de la Provincia de Mendoza.

Artículo 3: Será parte de los objetivos de este Programa:

  1. Articular con distintas dependencias del estado nacional, provincial y municipal, así como con Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajen en la temática, campañas de difusión pública, para la elaboración y puesta en marcha de programas educativos y de concientización, sobre los efectos nocivos que provoca en el medio ambiente la utilización de los sorbetes y vasos plásticos.

  2. Elaborar programas en conjunto con la Dirección General de Escuelas, para que se incorpore la temática en las currículas de nivel primario y secundario.

  3. Ejecutar medidas concretas que garanticen la reducción en la entrega y expendio de sorbetes y vasos plásticos utilizados en la actividad comercial.

  4. Los comercios que adhieran al programa Sistema de Reducción de uso de sorbetes y vasos plásticos, recibirán un estímulo que deberá fijar la autoridad de aplicación.

Artículo 4: Invítese a los municipios a adherir a la presente norma a través de sus Concejos Deliberantes y áreas competentes.

Artículo 5: De forma.

Ma. Cristina Pérez

DIPUTADA PROVINCIAL