HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

 

 

 

Tema: “Vería con agrado que no se utilice el falso

Síndrome de Alienación Parental (SAP) y sus argumentos,

en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia”

Clave: LC-D-No utilización del falso SAP

Tipo de Proyecto: Declaración

Autora: Diputada Laura Chazarreta

Coautoras/es: Bruno Ceschin - Verónica Valverde - Marcelo Aparicio -Néstor Márquez - Helio Perviú - Marisa Garnica

Bloque: Frente de Todos - PJ

  

 

Expte:

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PROYECTO DE DECLARACIÓN

HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

 

Fundamentos

El presente proyecto tiene por objeto, solicitar que no se utilice el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) y sus argumentos en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia. Este pedido radica en la necesidad de evitar este tipo de argumentos que favorecen la violencia de género en el ámbito judicial, con el perjuicio que implica tanto para niñas, niños, adolescentes y mujeres.

Recientemente, en un programa de televisión de Buenos Aires, el conductor Alejandro Fantino planteo que, en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio, habían crecido los casos de SAP, presentando dicho síndrome como un criterio admisible.

Ante dichas declaraciones, el Gobierno Nacional desde la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, fijo una posición clara y contundente: el SAP es “una falacia carente de rigor científico a la que se recurre para limitar, obturar o deslegitimar el avance en la protección de derechos de niñas y niños víctimas” (https://www.telam.com.ar/notas/202006/478476-sindrome-alienacion-parental-rechazo.html), contemplados en la Convención de los Derechos del Niño (CDN) y la Ley N° 26.061. Ambas normas han establecidos dos principios generales para garantizar los Derechos Humanos de las infancias: 1) los/as progenitores son responsables de las crianzas y, los Estados deben tomar todas las medidas necesarias para no vulnerar los Derechos de niñas, niños y adolescentes, 2) las infancias deben ser oídas en todos los asuntos que los afectan, y sus opiniones deben ser debidamente tomadas en consideración en todos los ámbitos, incluido el administrativo y judicial.

Hace más de 20 años, Richard Gardner, un psiquiatra, creó el falso Síndrome de Alienación Parental, definido por un conjunto de comportamientos que manifiestan las niñas y los niños que han sido manipulados psicológicamente para mostrar aversión hacia alguno de sus progenitores. Generalmente, la manipulación la genera la madre para que la niña o el niño realice falsas denuncias contra el padre.

Este falso Síndrome no ha sido aceptado ni es avalado por la comunidad científica de psicología y psiquiatría, en palabra de la Doctora Amelia del Sueldo Padilla, presidenta de la Asociación Argentina de Sexología y Educación Sexual (AASES): “No está aceptado, ni por la Organización Mundial de la Salud (OMS), ni por la Asociación de Psiquiatras Americanos. Como un cuadro, como un síndrome de alienación parental no está aceptado”.

Sin embargo, generalmente invocan el falso SAP, en especial en ámbitos judiciales, varones adultos acusados de violencias graves y/o abusos sexuales en perjuicio de sus hijas o hijos menores de edad. Es decir, que su uso, por un lado, viola Derechos fundamentales de las niñas y los niños, al no creer en su palabra, obligándolos a convivir con sus abusadores y, por otro lado, se violenta a las madres que, la mayoría de las veces, son quienes descubren las situaciones de abusos de sus hijas e hijos, denuncian a los abusadores y son hostigadas, desacreditadas por una justicia patriarcal que silencia la voz de las niñas y los niños víctimas.

En tal sentido, consideramos de fundamental importancia, resaltar que en el ámbito judicial, el mencionado Falso Síndrome y sus argumentos, no pueden ser utilizados para dictar sentencia ni tomar medidas judiciales, por su falta de rigor científico y por la violación de Derechos que implica.

Por estos fundamentos y otros que oportunamente se darán, es que pido a las Diputadas y los Diputados me acompañen en el presente proyecto de Resolución.

Mendoza, 03 de julio de 2020

Laura Chazarreta

Diputada Provincial

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA.

DECLARA:

Art. 1: Vería con agrado que, en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia, no se utilice el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) y sus argumentos.

Art. 2: De forma.

 

Mendoza, 03 de julio de 2020

Laura Chazarreta

Diputada Provincial

 

“2020 - Año conmemoración del 25º aniversario de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Plataforma de Beijing