Nombre del Proyecto |
Beneplácito por Producción de Vacuna COVID 19 en Argentina |
Tipo de Proyecto |
DE RESOLUCIÓN |
Autor |
Diputado Gustavo Cairo. |
Coautores |
Hebe Casado Álvaro Martínez |
Bloque |
PRO |
Tema |
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Nº de Expediente |
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Fojas |
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Fecha de Presentación |
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Mendoza, 13 de Agosto de 2020.
FUNDAMENTOS
Ponemos a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza el siguiente proyecto de resolución con el fin de celebrar el desarrollo en Argentina de la vacuna contra el COVID 19, enfermedad que azota actualmente al mundo entero
Teniendo en cuenta que en Abril del año 2019, en la gestión del gobierno anterior, el secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, firmó un acuerdo junto al titular del laboratorio Astra Zeneca con el propósito de establecer vínculos de cooperación que resulten de interés para ambas partes. Entre ellas, la generación de capacidades de investigación, desarrollo e innovación, a través de la promoción, fomento y desarrollo tecnológico. Asimismo, busca la generación de proyectos de innovación tendientes a mejorar las condiciones culturales, económicas y sociales de nuestro país. Promoviendo la generación de conocimiento, la mejora en los sistemas productivos, y focalizando en el intercambio de talentos y servicios.
Gracias a esa medida hoy nuestro país podrá fabricar el reactivo de la vacuna para la conocida enfermedad Covid-19, que tanto afecta al mundo entero en la actualidad
La producción latinoamericana va a estar a cargo de la Argentina y de México y eso va a permitir acceso oportuno y eficiente para todos los países de la región.
PROYECTO DE DECLARACIÓN
EL SENADO Y LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,
RESUELVE
Artículo 1º: Expresar su beneplácito por el desarrollo en Argentina, de la vacuna contra el COVID 19, por parte del laboratorio AstraZeneca, producto del Convenio Marco de Cooperación para el desarrollo científico firmado en Abril del 2019 entre el ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del mencionado laboratorio.
Artículo 2º: De forma.