Nombre del proyecto: jlopez-r-pi-SolicitudinformacionMinSeguridad

Tipo de proyecto: Resolución

Autor: Diputado Jorge Alberto López

Coautores:

Bloque: Unión Cívica Radical

 

Tema: Pedido de informe al Ministro de Seguridad a fin de que informe sobre las actuaciones llevadas a cabo en Lavalle el día 23/08.

Nº de Expediente:

Fojas:

Fecha de presentación:  

FUNDAMENTOS

Motiva el presente proyecto de resolución, los hechos acontecidos en el departamento de Lavalle el día domingo 23 del presente mes, donde se llevaron a cabo actividades en las “Picadas De Lavalle”.

El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520 y sus sucesivas prórrogas por decretos 576/2020, 605/2020, 641/2020 y Nº 677/2020, dispuso la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio para algunas provincias, incluida Mendoza. Es de notar que en su artículo 7 establece:

ARTÍCULO 7º.- NORMAS PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS, ARTÍSTICAS Y SOCIALES. PROTOCOLOS: Sólo podrán realizarse actividades deportivas, artísticas y sociales, en tanto se dé cumplimiento a las reglas de conducta previstas en el artículo 5° y siempre que no impliquen una concurrencia superior a DIEZ (10) personas.

Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a UNA (1) persona cada DOS COMA VEINTICINCO (2,25) metros cuadrados de espacio circulable; para ello se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.

La autoridad provincial dictará los protocolos pertinentes para la realización de estas actividades atendiendo a los requisitos mínimos establecidos en el presente artículo y a las recomendaciones e instrucciones del MINISTERIO DE SALUD de la Nación, pudiendo establecer horarios, días determinados y requisitos adicionales para su realización, con la finalidad de prevenir la circulación del virus.

Como consecuencia de las disposiciones nacionales, la Provincia dictó el Decreto Acuerdo Nº 700/2020 regulando el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en el ámbito Provincial, prorrogado hasta la fecha por decretos Nº815/2020, 857/2020, 894/2020, 935/2020 y 1014/2020. Por su parte, a través de la Resolución Nº 1047 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, se aprobó en la Provincia el Protocolo de Actividades Deportivas, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Nacional. Este protocolo en su artículo 1 dispone:

ARTÍCULO 1: Las actividades deportivas deberán cumplir estrictamente con las siguientes disposiciones: 1. Distanciamiento social: no podrán ser realizadas con una concurrencia superior a DIEZ (10) personas. Asimismo, deberán mantener entre ellas una distancia mínima de DOS (2) metros. El enfoque debe centrarse en "llegar, realizar la actividad deportiva, regresar”. Los profesores y/o entrenadores también deberán respetar la distancia mínima establecida en la presente. Se deberá evitar las esperas y/o las filas de las personas que concurran a realizar la actividad deportiva, aun cuando las mismas se desarrollen al aire libre (canchas o espacios abiertos). Queda prohibida la participación de público en estas actividades deportivas…

El domingo 23 de agosto trascendieron de forma pública a través de medios televisivos, las actividades deportivas que se estaban realizando allí, debido a que vecinos y comerciantes de la zona, comenzaron a difundir por redes sociales como Facebook, grupos de Whatsapp, imágenes y videos del evento. En esas imágenes se pudo apreciar que no se cumplía con el protocolo ni con las medidas de distanciamiento social ya que había más cantidad de personas que las autorizadas por el protocolo, y algunas de ellas ni siquiera usaban barbijo o tapaboca. Varias personas aseguraron haber dado aviso a las autoridades policiales y de fiscalía a fin de que verificaran los hechos.

Como se dio a conocer según una nota periodística de diario Los Andes, “el encargado del lugar, un hombre de unos 50 años, afirmó que estaban autorizados por el Municipio a realizar “prácticas, picadas y circuitos de motos”, respetando el distanciamiento social.” Pero a simple vista por lo que se observó en las imágenes y videos, había un absoluto incumplimiento de la normativa Nacional y Provincial que regula la actividad y el evento, aun así, continuó desarrollándose.

Por lo expresado en esta fundamentación es que solicitamos a esta Honorable Cámara de Diputados la aprobación del siguiente proyecto de resolución a efectos de dar claridad sobre los hechos ocurridos en esa oportunidad.

27 de Agosto de 2020

Dip. Lic. Jorge López

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

RESUELVE:

ART 1°: Solicitar al Ministerio de Seguridad informe:

  1. Mencione si el día 23 de agosto del corriente se llevó a cabo alguna actuación en el predio donde se realizan las “Picadas de Lavalle”.

  2. En caso afirmativo

ART 2: De forma.-

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Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza

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