Impulsan crear un registro de maltratadores de animales

La diputada Gisela Valdez (UCR) explicó en “En Cámara” los alcances de su proyecto para proteger animales, que incluye el R.U.M.A, un registro que inhabilita a condenados por maltrato animal.

Si bien la iniciativa es amplia y abarcativa en relación a la protección de los animales, uno de los aspectos más llamativos es la institución del Registro Único de Maltratadores de Animales, que, según la autora, busca ser “una herramienta de consulta” de acceso libre para garantizar que quienes hayan sido crueles con animales, no puedan reincidir.

De esta manera, cuando alguien fuera incluido en el RUMA por disposición de la Justicia quedaría inhibido de comprar y vender animales.

De hecho, si el proyecto se convirtiera en ley, el registro estaría en la órbita de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia que “actuará coordinadamente con la administración Provincial, los Municipios y con los demás órganos de la Justicia de la Provincia de Mendoza”.

A la vez, según el articulado, si un comercio le vendiera un animal a quien está impedido “serán sancionados con multa de ochocientas (800) unidades fiscales hasta mil (1.000) unidades fiscales o arresto de quince (15) días a treinta (30) días”.

Pero además, y entre otras cosas, la iniciativa prohíbe la mutilación con fines estéticos de animales, aunque no con fines de salud.

Otra disposición del texto es la habilitación de un número telefónico gratuito, que se difundirá masivamente, para todas aquellas personas que deseen formular una denuncia sobre maltrato animal, sobre animales sueltos o abandonados en la vía pública, del extravío de algún animal de su propiedad, para adoptar algún animal o para informarse sobre cómo proceder ante cualquier situación relacionada con estas problemáticas.

La iniciativa reconoce expresamente la tarea de las asociaciones que se dedican al cuidado y salvataje de animales y busca regular los albergues y refugios.

“Las instalaciones y el funcionamiento de locales destinados a ser refugios, pensiones, albergues permanentes o transitorios o centros de animales domésticos, deberán contar con los siguientes requisitos: a) Las construcciones, instalaciones y equipos deberán proporcionar un ambiente higiénico adecuado a las necesidades físicas de los animales que alberguen y facilitarán las acciones sanitarias necesarias al bienestar animal. b) Dispondrán de aislamiento adecuado que evite el contagio de enfermedades, así como posibles molestias a los vecinos. c) Dispondrán de dotación de agua potable”, especifica el proyecto.

Además, el texto pretende que “los importes de las multas que se lleven a cabo en aplicación de esta ley”  sean destinados a “un fondo especial, el que se creará a los fines de facilitar los objetivos de esta ley”, es decir que las multas cobradas a quienes infrinjan sirvan para aplicar la ley.


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