La diputada Laura Chazarreta (FdT) dio detalles en “En Cámara” sobre su iniciativa para que Mendoza adhiera a la Ley nacional 27675, sancionada por el Congreso de la Nación el 30 de Junio de 2022.
La legislación tiene como objetivo proporcionar una respuesta integral a personas que convivan con VIH, hepatitis virales, infecciones de transmisión sexual o tuberculosis, mediante el abordaje, garantizando un acceso equitativo a la atención médica y el apoyo social para todas las personas afectadas.
En ese sentido es que la diputada Chazarreta pretende que Mendoza convierta en Ley la adhesión “como le pide la Ley nacional a las provincias”.
La normativa establece programas de educación sexual integral en escuelas y comunidades, con un enfoque en la prevención del VIH, hepatitis virales, ITS y TBC, pero además “garantiza que todas las personas diagnosticadas con VIH, hepatitis virales, ITS o TBC tengan acceso gratuito a tratamientos efectivos”.
Lo anterior incluye terapias antirretrovirales, medicamentos antivirales y antibióticos, según corresponda.
Además se promueve la realización de pruebas de detección de estas enfermedades de forma regular y confidencial. Los servicios de prueba estarán disponibles en centros de salud, hospitales y clínicas, así como en otros lugares accesibles para la población.
Un aspecto central del texto es que prohíbe la discriminación basada en el estado de salud de una persona, incluyendo su estatus de VIH, hepatitis, ITS o TBC. Esto garantiza la igualdad de derechos y oportunidades para todas las personas, independientemente de su condición médica.
En este sentido es que prohíbe exámenes médicos en los test preocupacionales para que la enfermedad no represente un obstáculo a la hora de conseguir trabajo.
Dentro del marco integral se establecen programas de apoyo psicológico y social para las personas afectadas y sus familias, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y reducir el estigma asociado a estas enfermedades.
Para Chazarreta, la 27675 “marca un hito porque se trata de un cambio de paradigma; en primer lugar, porque se abandona el abordaje exclusivamente médico clínico -lo cual se hacía desde una postura estigmatizante- y en segundo porque se trata de un abordaje integral e interdisciplinario”.
Otra disposición de la Ley sancionada en el Congreso y destacada en los fundamentos de la iniciativa mendocina es “la creación de un régimen de jubilación especial, de carácter excepcional para las personas con VIH y/o hepatitis B y/o C, así como una pensión no contributiva de carácter vitalicio”.
De este modo, quienes acrediten al menos 10 años desde el diagnóstico de la enfermedad y 20 años de aportes jubilatorios, pueden solicitar la jubilación a partir de los 50 años de edad.