Se trata de la no concurrencia a sesiones y reuniones de comisiones.
La Cámara dio a conocer un acuerdo realizado en el marco de la Comisión de Labor Parlamentaria, integrada por todos los presidentes de los bloque políticos con representación parlamentaria.
Oportunamente, y de común acuerdo, se ha decidido la aplicación estricta del artículo 41 del Reglamento Interno del Cuerpo.