Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad
La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de ley de Luis Petri (UCR), que establece un Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, con el voto negativo de los bloque del Frente para la Victoria, Eje Peronista y Nuevo

Encuentro, y la abstención de Daniel Cassia, del bloque PJ Federal – Es Posible. Votaron afirmativamente radicales, demócratas y Patricia Gutiérrez, de Unidad Popular.
La ley prevé elevar los estándares de conducta y conceptos exigidos para avanzar en la progresividad del régimen de Ejecución a la Pena.
También eleva el tiempo de evaluación de conducta de los presos, que pasa de los últimos tres meses de la pena a los dos tercios de la condena cumplida efectivamente.
Por otra parte, se elimina la promoción excepcional prevista por el artículo 7 de la ley 24.660 a cualquier fase del período de tratamiento que mejor se adecue a sus condiciones personales, de acuerdo con los resultados de los estudios técnico-criminológicos. Dicha promoción, suponía saltar fases del tratamiento y acceder rápidamente a regímenes semiabiertos regulados por la autodisciplina.
Además en los supuestos de denegatoria de los beneficios, se suprime la excepción que permitía la presentación de una nueva solicitud antes del cumplimiento del plazo de 6 meses contados a partir de la denegatoria previa propuesta del Organismo Técnico Criminológico o el Equipo de Tratamiento.