La iniciativa de la invitación pertenece a Daniel Dimartino, del bloque de la UCR, e incluía también a representantes de Ecogas, quienes se excusaron por no asistir debido a cuestiones operativas relacionadas con tareas de la empresa.
“Es un tema muy complejo y nosotros tenemos que tratar de acercar a las partes para modernizar la legislación vigente”, dijo Dimartino y sumó que “se debe hacer un relevamiento urgente de las condiciones” de las instalaciones de gas en los edificios de Mendoza.
En lo relativo a la contingencia, Marcelo Dapás explicó que existe un protocolo en Mendoza para afrontar una situación catastrófica como la sufrida en Santa Fe y agregó que, además del plan de contingencia provincial, existen planes departamentales que lo complementan.
El director de Defensa Civil sumó que a partir de la tragedia de Rosario se perfeccionó el protocolo de contingencia en Mendoza.
La iniciativa es impulsada por Francisco como titular de la comisión legislativa y contempla aspectos tales como el ámbito de aplicación, el desempeño de la actividad profesional, la autoridad de aplicación, inhabilidades e incompatibilidades y derechos y obligaciones, entre otros.
En ese sentido, uno de los puntos abordados durante una reunión mantenida con funcionarios del Ministerio de Salud y profesionales del área, fue si el psicomotricista tiene o no intervención en neonatología, o si su ámbito de incumbencia comienza a partir de los 3 años de vida del paciente.
Al respecto, las distintas visiones sobre el tema apuntan a determinar si participan en la estimulación temprana en neonatología o si las derivaciones son a posteriori, a partir de los 3 años de edad.
Además, se planteó el tema de las matriculaciones en lo referente a si tienen que ser dispuestas desde la salud o desde el ámbito educativo, aspectos que podrían dejarse establecidos en la reglamentación de la futura ley.
De hecho, el proyecto dispone que ”el control del ejercicio profesional en el ámbito de la salud y la matrícula respectiva corresponden al Ministerio de Salud, en las condiciones que establezca la reglamentación”, en tanto que “el control del ejercicio profesional en el ámbito de la educación corresponden a la Dirección General de Escuelas en las condiciones que establezca la reglamentación y/o institución que sea habilitada para la incumbencia”.
Por otra parte, señala que “se considera ejercicio de la psicomotricidad a la actividad de carácter preventivo, terapéutico y educativo, como práctica específica en el campo de la atención primaria, en la prevención y en educación para la salud, como enfoque pedagógico que facilita un abordaje más ligado a los procesos genéticos del psiquismo, y en la atención secundaria y terciaria, al integrarse a equipos terapéuticos en atención temprana, reeducación y terapia de las secuelas psicomotrices de la patología genética, perinatal, en los déficit sensoriales y/o motores, en la prevención del hospitalismo, y de las carencias medio ambientales que afectan a los aprendizajes, las funciones gnosopráxicas en el niño, adolescente, adulto y gerente”.
El objetivo de la norma es garantizar que la Escuela, como institución, sea un espacio armónico para el desarrollo de la enseñanza y el aprendizaje en la provincia, reconociendo la autoridad que tiene los agentes de la educación en el ejercicio de sus funciones y reforzando el respeto debido entre todos los miembros de la comunidad educativa, para lograr garantizar el derecho la educación.
El ámbito de aplicación de la norma será para todos los entes de gestión de educación estatal y privada en todos los niveles y modalidades.
En cuanto al alcance de la ley es para todos los docentes titulares o remplazante, todas las jerarquías dentro de la estructura funcional de la Dirección General de Escuelas, los educandos de todos los niveles y la familia.
Están comprendidas en esta norma todas las conductas que amenacen, turben o menoscaben la libertad, la dignidad, integridad física, psicológica, sexual y patrimonial, tanto en el espacio de un establecimiento escolar como fuera del mismo y sea manifieste en lugares públicos, abierto al público o expuestos al público. Quedan también comprendidas las perpetradas desde el estado por sus agentes, siempre que no constituyan una falta mayor o delito tipificado en el Código penal.
El artículo 43 del Código de Faltas modificado quedó redactado de la siguiente manera: “el que, en lugar público y privado abierto al público, ofendiere en formar personal y directa con burlas, mofas, palabras, señas o actos a un uncionario público en razón de su cargo y siempre que el hecho no constituya delito, será castigado con arresto hasta tres días o con multas hasta 10 días multas. Si el ofendido fuere miembro de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, nacionales o provinciales, del Tribunal de Cuentas o representantes del Cuerpo Diplomático o Consular nacional o extranjero de un Estado amigo, o personal docente o no docente con desempeño en establecimientos educativos de gestión estatal o privada la pena podrá ser aumentada hasta treinta días de arresto y la multa de hasta treinta días multa”.
Sur”, con el fin de instalar el tema Malvinas en la comunidad y presentar un proyecto educativo para que los estudiantes conozcan la realidad y verdad sobre las Islas.
Los contenidos a incorporar por la Dirección General de Escuelas serían la recuperación del ejercicio pleno de soberanía Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias y Sandwichs del Sur, los espacios marítimos circundantes y el sector antártico argentino, entre otros.
La iniciativa presentada por el presidente de la Asociación, Raúl Marcelo Moreno, que hizo suyo la diputada Gutiérrez, ha sido acompañada por las firmas de los legisladores Luis Petri (UCR), Claudio Díaz (PJ), Norma Moreno (PJ), Víctor Hugo Babolené (PD), Daniel Dimartino (UCR) y Rita Morcos (PJ).
Gutiérrez rescató la importancia de reconocer a “nuestros héroes de todos los días”, que “caminan entre nosotros” y tomar conciencia de que es “necesario realizar una revisión histórica” y no seguir caracterizándonos por “olvidar lo que no fue un éxito”.
En el mismo sentido, expresó que el objetivo es que “las generaciones que vengan estudien la verdadera historia” y se tome conciencia de la existencia de “un ejército dual”, que por un lado “dio la vida por la patria” y otro “defendió intereses ajenos”.
Moreno, resaltó la responsabilidad moral que tienen como veteranos de guerra, de continuar instalando la causa Malvinas en la comunidad y en las instituciones educativas, para que se conozca la verdadera historia y se honre a los ex combatientes que murieron, a sus familias y a los sobrevivientes de la guerra.
Ciudadanía del Agua que fue elaborado por estudiantes de todos los departamentos.
El mandatario, explicó que el proyecto ingresará por la Cámara de Diputados y que tanto el presidente de la comisión de Ambiente de la Cámara Baja, Aníbal Ríos, como del Senado, Claudia Segovia, ya han anticipado que convocarán a los estudiantes cuando se debata el tema en sus respectivas comisiones.
Asimismo, dijo que es una iniciativa que “da muestras de varios aspectos relacionados con la sensibilidad social que hace a la fundación misma de Mendoza como son la tierra y el agua”.
“La ciudadanía del agua tiene que ver no sólo con el riego sino también con el consumo, para que no se derroche”, apuntó pero que “toma otra vida, otro cuerpo”, por el hecho de haber sido trabajado desde todos los departamentos.
Esto le da “mayor visibilidad social a la problemática del agua y una mayor participación de la sociedad en el cuidado del recurso hídrico”, subrayó.
Por su parte, Ciurca explicó que se trata de una iniciativa motorizada a través de la Dirección General de Escuelas y el Departamento General de Irrigación ha pedido del gobernador, que fue estudiado y redactado por jóvenes estudiantes de los 18 departamentos de Mendoza.
Es un trabajo que habla del “recurso hídrico”, es una “propuesta genuina” un “anhelo de hace muchos años que tiene que ver con la ciudadanía del agua”, que significa un gran aporte “por lo que el agua representa para los mendocinos”, expresó.
A su turno, la titular de la DGE, María Inés Abrile de Vollmer, destacó que “nos alegra que se pueda llevar adelante una iniciativa así que tuvo como actores principales a los jóvenes de más de 80 escuelas de la provincia”.
estableciendo que para el caso de cauciones reales, previo a otorgar el beneficio de la excarcelación, se deberá dar vista a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y a la Dirección General de Rentas de la Provincia, para verificar la legalidad del origen de los fondos ofrecidos.
El sistema judicial permite que, quienes se encuentren privados de la libertad, puedan acceder a los beneficios de la excarcelación y establece cuales son los tipos de fianzas, que van desde la caución juratoria, la personal del profesional que asiste al imputado y la real que es sobre bienes inmuebles o muebles registrables del encartado. Estas cauciones tienen como objeto asegurar que el imputado cumpla con las obligaciones y órdenes de la autoridad judicial y que se someta a la ejecución de la sentencia condenatoria.
Asimismo para la estimación y determinación de la caución, el Juez interviniente debe tener en cuenta la condición económica, la naturaleza del delito, personalidad moral, antecedentes del imputado e importancia del daño causado. Para el caso de los delitos graves, que están comprendidos en el Código Procesal Penal, las fianzas consistirán siempre en el depósito íntegro del valor de la libranza, más los gastos y costas estimados por el Juez.
que los estudiantes de escuelas primarias de parajes, quienes no posean acceso a educación secundaria en sus cercanías geográficas, puedan culminar sus estudios en forma virtual aprovechando la infraestructura de los primeros establecimientos mencionados, las escuelas primarias.
En el articulado de la iniciativa se expresa que los objetivos del programa serán: permitir que jóvenes de edad escolar puedan acceder a la finalización de sus estudios secundarios; fomentar el arraigo de los jóvenes con su lugar de origen evitando que migren a grandes centros poblacionales; y posteriormente, en un segunda etapa, implementar este programa para que adultos de la región también accedan a la finalización de sus estudios secundarios. También se buscará la optimización de los recursos provinciales.
Dentro de los fundamentos, el proyecto explica que esta experiencia se realiza con éxito en establecimientos educacionales de nivel superior, “permitiendo que carreras de grado lleguen a lugares donde físicamente no existe una universidad, logrando así el derecho de que todos accedan en forma igualitaria a las posibilidades de educación”.
Montenegro (UCR) por la que se transfiere al municipio malargüino un inmueble propiedad de la provincia de Mendoza. El terreno deberá ser destinado a la adjudicación de las parcelas que ocupan los actuales vecinos del denominado Barrio Municipal.Finalmente, la Cámara de Diputados convirtió en ley una iniciativa de Humberto Montenegro (UCR) por la que se transfiere al municipio malargüino un inmueble propiedad de la provincia de Mendoza. El terreno deberá ser destinado a la adjudicación de las parcelas que ocupan los actuales vecinos del denominado Barrio Municipal.
que autoriza al Gobierno de Mendoza, para que por intermedio del Instituto Provincial de la Vivienda, provea de una fracción de terreno de su propiedad en la localidad del Challao, Las Heras, para la construcción de viviendas destinadas al personal de la Dirección Provincial de la Vialidad.