Estudian modificaciones a la Caja de Profesionales del Arte de Curar

Integrantes de la comisión de Salud Pública, que preside Daniel Llaver (UCR), se abocaron al análisis de una iniciativa de Enrique Thomas (PRO Libertad) que plantea modificaciones a la Ley n° 6.728 que regula los derechos y obligaciones de los profesionales de la salud y su CAJA. En principio, la normativa propuesta actualiza la legislación y propone sustituir la denominación Caja de Previsión para Profesionales del Arte de Curar por “Caja de Previsión para Profesionales de la Salud”, ya que todos los estamentos comprendidos “trabajan por la salud individual y social de la población”.

Al comenzar el estudio en la comisión, Llaver ahondó sobre el recorrido del proyecto y puso sobre la mesa un anticipo de los alcances del mismo. Remarcó que “abordaremos el proyecto de manera exhaustiva. Hay que buscar alternativas, seguramente hay que incorporar cosas que no estaban previstas en la Ley original, y debe ser más atractiva para sus adherentes”. Consideró que tal como está planteada hoy la legislación “los aportes son obligatorios”, y esto quizás responde a que “los más jóvenes creen que nunca se van a jubilar. Debería ser un proceso solidario”.

Asimismo, Elisabeth Crescitelli (UCR) y Raúl Villach (UCR), coincidieron en sostener que hay que profundizar en los detalles de la propuesta escuchando a todos los sectores. Manifestaron que hay que modificar la letra legal si es que se producen asimetrías. “¿Cuál es el motivo de que exista la Caja?” se preguntaron en la mesa; y agregaron que hay que analizar qué sucede cuando los profesionales no realizan los aportes que están catalogados como obligatorios, y qué relación tiene ello con el ejercicio de la profesión por posibles inhibiciones que se han dado por una deuda económica que no tiene relación con el desempeño profesional.

A su turno, el diputado Juan Pablo Gulino (PJ) comparó esta situación con la de agrimensores, arquitectos u otros profesionales de la construcción, fundamentalmente, ya que a ellos se les abona junto con honorarios un aporte destinado a su jubilación; y que ello se instrumenta desde hace años. La inquietud del legislador está basada en si puede suceder algo similar con los pacientes por las prestaciones en salud, por ejemplo.

Los legisladores, acordaron en la mesa que convocarán a todos los sectores involucrados en este tema, desde funcionarios del Ministerio de Salud provincial, pasando por Colegios de profesionales, hasta gremios y profesionales independientes; para alcanzar el consenso sobre la letra final del proyecto. A su vez, realizarán comparativas entre la legislación actual, las nuevas propuestas, y el proyecto de Thomas para alcanzar acuerdos.

Propuesta modificatoria

La iniciativa presentada por Enrique Thomas (PRO Libertad) indica en sus fundamentos que propone modificaciones a la legislación vigente (Ley 6.728) en relación a la incorporación de estamentos que no están comprendidos hoy y que “trabajan por la salud individual y social de la población”.

A su vez, reseña que la intención es “ordenar y clarificar los objetivos de la Caja e incorporar la promoción de políticas previsionales con un enfoque integrador, interdisciplinario y preventivo, articulando la seguridad social con otras disciplinas que abordan el proceso de envejecimiento desde una mirada anticipatoria y centrada en el ciclo vital”.

En ese sentido, se sostiene que “es importante que dichas políticas se orienten al diseño de esquemas previsionales justos, sostenibles y eficaces, fortaleciendo el rol de la Caja como promotora de la equidad intergeneracional, la sustentabilidad financiera del sistema y a la protección del afiliado frente a contingencias relevantes de la vida familiar y profesional”.

Resumen los fundamentos que “la actual normativa que rige a las cajas previsionales en Argentina - particularmente en Mendoza - fue pensada en un contexto histórico diferente, cuando la esperanza de vida era menor, las carreras laborales más lineales y la estructura demográfica más joven”.  La realidad actual ha tenido cambios, por lo que “el sistema previsional enfrenta desafíos crecientes para ser sostenible, justo y humano”; por lo que “organizar, implementar y administrar un régimen de jubilaciones y pensiones basado en los principios de solidaridad profesional, capitalización con carácter redistributivo y de carácter sustitutivo respecto de cualquier otro régimen previsional nacional o provincial”, es la premisa.

Dentro del articulado, hay diferentes aportes en relación al funcionamiento de esta Caja. Se mencionan puntos referidos a los flujos de información con la Caja y entidades fiscales provinciales y nacionales; a las facultades y funciones de la Asamblea de la Caja; a la incorporación de la figura del Tesorero en el Directorio; las funciones del Directorio; las contribuciones y su obligatoriedad; las cotizaciones; la potestad de las Provincias para crear instituciones previsionales y de seguridad social para profesionales; la adaptación al Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la Provincia de Mendoza y el Código Fiscal provincial; las situaciones de mora en los aportes; y los beneficios jubilatorios.


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