La Cámara de Diputados, por unanimidad, dio sanción final al proyecto del Poder Ejecutivo que actualiza la Ley 7499, normativa que regula los Certificados de Medidas de Protección Aptas Contra Incendios (Ce.Me.P.A.C.I.). La iniciativa, busca actualizar la legislación a casi 20 años de su sanción, garantizando un procedimiento más ágil y eficiente en la tramitación de estos Certificados, desburocratizando el procedimiento, otorgando reglas claras al sector privado, con estrictos criterios en materia de seguridad.
Así, se reserva como competencia indelegable de Bomberos de la Policía de Mendoza la de otorgar el certificado en todos los casos de edificios públicos y privados afectados a servicios públicos, así como la de periciar y dictar informe luego de un siniestro.
Por su parte, se habilita que los municipios que cuenten con un área técnica especializada con profesional idóneo, con competencia e incumbencia en protección contra incendios profesional, puedan otorgar el certificado, pudiendo siempre recibir el asesoramiento de la Dirección de Bomberos cuando lo estimen conveniente.
El proyecto
La propuesta dispone que complementariamente la Dirección de Bomberos de la Provincia de Mendoza, tendrá como funciones extender el Ce.Me.P.A.C.I.), únicamente respecto de los edificios, locales, espacios, públicos, público-privados o con destino a la prestación de servicios públicos existentes en el ámbito de la Provincia.
También procederán a la extensión del certificado respecto a edificios, locales, espacios habitacionales colectivos o individuales, industrias, estaciones de venta de combustibles, depósitos y comercio de venta de materiales inflamables y/o explosivos, supermercados, centros y galerías comerciales, edificios habitacionales de altura, mercados de cualquier naturaleza, cines, hospedajes, restaurantes, actividades recreativas, sociales y deportivas tanto en locales cubiertos como espacios abiertos, cuando la superficie de uso, incluidos a cielo abierto, sea mayor a 450 metros cuadrados, y que sin responder a tales criterios estén localizados en Municipios que no cuenten con un área técnica específica en materia de seguridad contra incendios.
En los Municipios que dispongan de dicha área técnica especializada, el trámite y otorgamiento del certificado será emitido por el Municipio a través de su área técnica, con firma del responsable del área sobre la base de los informes suscriptos por profesional idóneo y con competencia e incumbencia profesional, pudiendo solicitar la colaboración técnica y el asesoramiento de la Dirección de Bomberos cuando lo estimen pertinente.
Además se reformula el artículo 14° sobre habilitación provincial, vigencia del certificado y régimen de sanciones; e incorpora los artículos 14 bis y 14 ter, donde se amplían las competencias municipales para aprobar proyectos, realizar verificaciones, auditorías y otorgar las constancias y certificación, en su ámbito territorial, y se detallan los supuestos en los cuales se requiere participación provincial por riesgo relevante.
Según la fundamentación, esta propuesta “agiliza los trámites: se evitan duplicaciones de funciones al tiempo que se gana en eficiencia de gestión; respeta la autonomía municipal, reconociendo la capacidad técnica de los municipios que ya han desarrollado estructuras específicas en la materia”, y fortalece el rol de Bomberos al permitirles “concentrar sus recursos en aquellos casos de mayor relevancia institucional, de riesgo o en municipios que no cuentan con departamentos técnicos propios”.
De igual forma, “suma en coordinación y colaboración interjurisdiccional”, ya que “se establece expresamente que los municipios pueden requerir la asistencia técnica de la Dirección de Bomberos, asegurando una adecuada articulación sin superposición de competencias”.
De este modo, añade el texto, “se logra un equilibrio entre la intervención provincial y municipal, potenciando la seguridad pública y la protección de la ciudadanía, sin generar cargas innecesarias ni dilaciones administrativas”.
El diputado César Cattaneo (UCR), destacó que se propone una “actualización de la ley 7.499, que es la que organiza la Defensa Civil y regula el funcionamiento de los cuerpos de bomberos voluntarios y la emisión de los certificados de incendio”.
Afirmó que “se busca desburocratizar y acelerar los procesos para la emisión de estos certificados, así como ordenar competencias, agilizar trámites y mejorar la seguridad”, al tiempo que ponderó que “el principio precautorio no se toca, sigue vigente y garantiza que ante cualquier duda o riesgo relevante, bomberos intervengan para cuidar la vida, la salud pública y el ambiente. La seguridad queda resguardada de esta manera en todos los escenarios posibles”.
Con esta iniciativa “se propone la modernización del Estado y su funcionamiento más eficiente frente a la ciudadanía. Facilitar el camino, hacerlo más sencillo al vecino que quiere o que busca habilitar un comercio sin esperar muchos meses”, expresó.
En tanto, el diputado Rolando Scanio (LUM), adelantó el voto afirmativo de su espacio destacando que “consideramos que es actualizar el sistema” y que con ello “terminaríamos con la burocracia, con los trámites largos, extensos y que en síntesis, dificulta mucho la tarea de habilitación de un comercio de un vecino común”.
Al respecto, añadió que “vamos a adherir en pos de la modernización” y solicitó que se ofrezcan capacitaciones desde el gobierno provincial a los municipios, y que las propias municipalidades puedan conformar distintos equipos técnicos específicos y especiales.
