ADICIONAL POR TITULO PARA JUDICIALES

Adicional por título para quienes trabajan en situación de exclusividad en el Poder Judicial

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de Guillermo Carmona (PJ), por el cual se modifica el primer párrafo del Artículo 10, del Decreto Ley 4322/79, intentando una recomposición al "perjuicio permanente que deben sufrir los profesionales que trabajan en situación de exclusividad en el Poder Judicial y que al no ser compensada provoca un menoscabo de los ingresos de los perjudicados, además de no reconocer el esfuerzo que implica obtener un título de grado universitario", señala el autor.

La modificación aprobada por el Cuerpo, dispone que este personal tendrá derecho a la percepción de un adicional por título, el que se liquidará aplicando el régimen previsto en el Escalafón General Decreto Ley 560/73, con excepción de Magistrados y funcionarios y de aquellos que desempeñen cargos para los cuales se exija título por disposición legal o reglamentaria. En el caso de los funcionarios y empleados que se desempeñan en el Poder Judicial que ostentan títulos universitarios y que se encuentren alcanzados por disposiciones que establezcan incompatibilidad profesional se les reconocerá un suplemento por bloqueo de título, el cual no podrá ser inferior al 50% de la clase que revista.
Además, se dispone que en ningún caso estos profesionales podrán percibir simultáneamente el adicional por pago de título y el suplemento por bloqueo de título, a excepción de los títulos de postgrado, doctorado y similares que los profesionales obtengan con posterioridad al título de grado

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