Salud

Analizan proyecto de regula el ejercicio de la Bioquímica

La Comisión de Salud recibió a representantes de la Asociación de Bioquímicos de Mendoza con el objeto de analizar un proyecto de ley, que cuenta con media sanción del Senado, por el cual se regulará el ejercicio de la Bioquímica, como integrante de las profesiones del arte de curar.
Esta iniciativa corresponde al senador demócrata Ernesto Corvalán y establece que la autoridad de aplicación será la máxima autoridad de salud de la Provincia, quien controlará el ejercicio de la profesión, sustentado en principios de excelencia, equidad y solidaridad, y ejercerá el gobierno de las matrículas respectivas.
La reunión fue presidida por el titular de la Comisión, Alberto Recabarren (PJ), acompañado por el diputado justicialista Alejandro Viadana; las radicales María Rosa Lemos y Marta Yazenco, y el demócrata Aníbal Ríos.
En la oportunidad intercambiaron opiniones sobre el instrumento legislativo en cuestión, y ha emitido consideraciones los organismos académicos involucrados; como sí también otras asociaciones de profesionales ubicados en departamentos de la Provincia.
Cabe destacar que la legislación que regula la matriculación de los bioquímicos data de hace más de 20 años y, actualmente, se trata de adaptar a los tiempos modernos el trabajo profesional de este sector.
La iniciativa de Corvalán cuenta con más de cincuenta artículos que abarca la condición académica exigida para ejercer la profesión, previo a obtener la matrícula correspondiente; los requerimientos para usar el título de especialista en alguna rama de la bioquímica, reconocimiento que será otorgado por el Consejo Deontológico Bioquímico, creado por esta ley.
Cuenta con un capítulo específico sobre el ejercicio de la profesión, los ámbitos y actividades específicas de ese ejercicio y las facultades de la autoridad de aplicación para controlar el funcionamiento de los laboratorios de análisis clínicos.
En otros capítulos se consignan las obligaciones y responsabilidades; los derechos de los bioquímicos; las prohibiciones; las inhabilidades e incompatibilidades; la obligación que los análisis químicos, fisiológicos, biológicos o bacteriológicos aplicados a al medicina sólo podrán ser realizados y firmados por los bioquímicos.
Esta ley se ocupa también de los auxiliares del profesional bioquímico; de los laboratorios de análisis; del Consejo Deontológico Bioquímico y de las sanciones sanitarias por incumplimiento de lo dispuesto en esta ley.

Prensa 20/9  

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