VIALIDAD

{mosimage} La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley que establece la modificación del artículo 22 de la Ley 6063 – de Reestructuración de la Dirección Provincial de Vialidad -,  que establecerá:

  • que los titulares de las propiedades ubicadas en la zona de influencia de un camino afirmado o de superficie de rodaduras mejoradas y construidas por la Dirección Provincial de Vialidad, están obligados a abonar un reembolso en función del beneficio que la obra represente para la propiedad, y que será determinado por la comisión técnica específica de la DPV.  La suma que corresponda reembolsar no podrá exceder en ningún caso el 20% del valor de la superficie  beneficiada, el que será determinado conforme a las bases adoptadas para los casos de expropiación por la Comisión Valuadora General de la Provincia.
  • La Dirección Provincial de Vialidad será la responsable y contará con las atribuciones de notificación y cobro de los reembolsos que se determinen en función de lo establecido anteriormente.

Por otra parte, se derogan los artículos 32 al 47 inclusive del Decreto 2221/94, los artículos 37 y 38 del Decreto 889/96, y el Decreto 622/98, como asimismo toda norma que se oponga a la presente.


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