Bullying: despacho favorable a incorporar la responsabilidad de los padres en el Código de Contravenciones de Mendoza

En plenario de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), que preside Franco Ambrosini (UCR), y de Cultura y Educación, que preside Natalia Vicencio (PJ); se dio despacho favorable al proyecto que busca incorporar la responsabilidad parental ante casos de acoso escolar o bullying, al Código Contravencional de la provincia. La iniciativa del Poder Ejecutivo cuenta con media sanción del Senado, y tiene como finalidad establecer un procedimiento progresivo ante estos casos.

El bullying “es una problemática social grave con consecuencias devastadoras para las víctimas, que pueden sufrir daños psicológicos, emocionales y físicos. Si bien las escuelas tienen un papel fundamental en la prevención, la responsabilidad de educar y supervisar a los hijos es, en primera instancia, de los padres o tutores”, señala la fundamentación.

En ese sentido, uno de los principios en los que se fundamenta la propuesta es la “Responsabilidad parental y tutelar”, ya que reconoce que “los padres tienen un deber de cuidado y supervisión sobre sus hijos”. La iniciativa, busca al respecto “hacer a los adultos corresponsables del comportamiento de los niños/as y adolescentes a su cargo, promoviendo una participación más activa”.

Otro principio es el “enfoque educativo y preventivo”, basado en que las acciones previstas en la normativa que se propone “no tienen como fin principal el castigo”, sino generar conciencia y proporcionar a los padres herramientas efectivas para la crianza y la prevención: la meta es romper el ciclo de violencia desde el hogar y la familia.

Asimismo, contempla el principio de “Protección de las víctimas”; porque al “responsabilizar a los adultos, se espera una intervención más rápida y efectiva que ponga fin a las agresiones y garantice un entorno seguro para todos los estudiantes”.

En esa línea, se considera que “la sanción del trabajo comunitario es una medida ejemplarizante que, además de penalizar, busca crear conciencia sobre el impacto negativo del bullying y fomenta la participación de los adultos en la construcción de una comunidad más segura y respetuosa. Todos los involucrados deben tomar su lugar frente a la resolución de los conflictos sociales y escolares, dado que cada uno de ellos está llamado a desempeñar un rol diferente en su resolución”.

Claudia Salas (UCR), tras dar los detalles de la propuesta, explicó que “educación en valores es lo que se trata de afianzar con este proyecto”, haciendo hincapié en que si bien la Dirección General de Escuelas cuenta con un protocolo de actuación, en este proyecto se plasma el procedimiento. “Ahora está especificado. Primero en la escuela, la convocatoria a los padres, reuniones, tareas de enmendar, colaborar con los docentes, cuando esto no se pudo dar porque los padres no han respondido, la escuela pasa informe de lo ocurrido a la justicia. Esto, cuando ya se cumplieron todas las etapas previas”, dijo.

“Nos asegura transparencia y cooperación entre escuela y justicia”, estableciendo sanciones para “quienes están comprometidos a actuar y no lo hacen”. Se trata de “educar, prevenir, y volver al fortalecimiento familia, escuela, Estado. Se complementa con las políticas educativas que está llevando adelante la DGE”, acotó.

Por su parte, la titular de la comisión de Cultura y Educación, Natalia Vicencio (PJ), sostuvo que “no se busca la criminalización de los niños, niñas y adolescentes, sino garantizar un ámbito escolar saludable para su desarrollo. Han habido hechos inéditos y es necesario que el cuerpo docente esté acompañado en cómo tiene que abordar las distintas intervenciones”, más allá del protocolo ya existente. “No se busca atacar ni criminalizar, sino un acompañamiento. Esto será la última instancia que cualquier cuerpo de la comunidad educativa quiera aplicar en caso de bullying”.

Durante el encuentro, la diputada Laura Balsells Miró (PRO) hizo referencia a una iniciativa de su autoría relacionada a la prevención del bullying. “Es una problemática viejísima que fue tal vez cambiando de nombre, pero son situaciones que no se presentan de manera aislada, es una manifestación específica a una persona o grupo de personas que se va sistematizando, causando en el mundo, porque es una problemática global, situaciones extremas”.

Los legisladores, coincidieron en que todo debe ser “un trabajo en conjunto” en el que se sume el Estado, la comunidad educativa, los jóvenes y por supuesto, padres, madres y tutores legales.

El proyecto

El proyecto con media sanción del Senado establece la incorporación de los artículos 100 bis, 100 ter, 100 quater, 100 quinquies, 100 sexties; en el Título III, del Código Contravencional provincial. Entre esos artículos, se establece la “Responsabilidad parental por acoso escolar”, definiendo que “se considerará una contravención la omisión del deber de vigilancia, orientación y cuidado, por parte de los padres, tutores o cualquier persona que ejerza la responsabilidad parental o custodia, cuando un niño, niña o adolescente a su cargo cometa actos de acoso escolar denominado (bullying), causando daño físico, psicológico o emocional a otro menor en el ámbito educativo o social”.

También, dispone una “instancia previa”. Si el “hecho haya sido denunciado ante las autoridades escolares o de protección de la infancia y se haya verificado la conducta del menor agresor y la falta de acción por parte de sus padres, tutores o responsables legales”, antes de la intervención judicial, “las autoridades escolares deberán aplicar el protocolo de actuación que se determine, con la participación de un equipo interdisciplinario (psicólogos, trabajadores sociales, etc.)”. Si fracasase esta instancia previa “por inasistencia de los adultos responsables o incumplimiento de los compromisos asumidos, se dará intervención al Juzgado contravencional correspondiente, remitiéndole un informe pormenorizado de la situación denunciada y verificada, las acciones realizadas y el resultado de la instancia previa”.

Asimismo, el articulado que se incorpora prevé sanciones a “padres, tutores, cuidadores o responsables legales”; los que “habiendo sido notificados de la conducta de acoso de su hijo/a o menor a cargo, no adopten las medidas de supervisión, educación o contención necesarias para detenerla, o que no cumplan con los compromisos de conducta asumidos”, tendrán sanciones “de trabajo comunitario por un período de cinco (5) a cincuenta (50) días”; y de acuerdo a la gravedad del hecho, el juez podrá aplicar sanción de multa de 500 UF a 5000 UF.

Si hubiese reincidencia se considera agravante, con lo cual el articulado a incorporar manifiesta que “si el menor reincide en los actos de acoso escolar, el juez contravencional podrá duplicar la sanción de trabajo comunitario o de multa a imponer, pudiendo además, disponer la obligatoriedad de la asistencia a talleres de parentalidad o terapia familiar”. A su vez, los fondos que se recauden por las multas que pudieren corresponder, se indica que “se destinarán a un fondo provincial a la prevención y asistencia de víctimas de acoso escolar en la Dirección General de Escuelas y también Bibliotecas Populares”.

 


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