Media sanción al Código Tributario Municipal Armonizado

Diputados dio media sanción al Código Tributario Municipal Armonizado, proyecto que fuera remitido por el Poder Ejecutivo y elaborado en el seno del Consejo Tributario Provincial con el objetivo de armonizar aspectos comunes del procedimiento tributario entre los municipios.

En el ejercicio de su autonomía – contemplado en la Constitución Nacional - los dieciocho  Municipios de la Provincia han dictado sus propios Códigos Tributarios, “que en algunos casos rigen sin mayores modificaciones desde fines de la década de 1970”, señala la fundamentación, lo que hace necesaria “su revisión” a la luz de las modificaciones de la nueva normativa provincial, como la Ley de Procedimientos Administrativos,  y nacional, como el Código Civil y Comercial de la Nación.

En ese sentido, en el ámbito del Consejo Tributario Provincial creado por la Ley 7658, “surgió la propuesta de armonizar aspectos comunes del procedimiento tributario entre los municipios provinciales, siguiendo las experiencias de las Provincias de Córdoba y Santa Fe, pero sin avanzar en la definición de los hechos imponibles o elementos cuantificantes de los tributos municipales, los que en el marco de la Ley 1079 – Orgánica de Municipalidades - competen en forma exclusiva a los Concejos Deliberantes de cada comuna”.

Esta propuesta es “el resultado de un trabajo técnico conjunto de los equipos profesionales de todos los municipios, bajo la Coordinación del Consejo, dando como resultado un texto adaptado a las necesidades de las comunas, armónico con el resto de la legislación provincial y con herramientas modernas de gestión tributaria, como el domicilio fiscal electrónico, el manejo y cruce de datos informáticos, entre otros, y el expediente electrónico”, añade el texto.

EI Código Tributario Municipal Armonizado aborda temas como las definiciones de tributos y sujetos pasivos, unifica los procedimientos fiscales y administrativos, define las exenciones y los procedimientos para acceder a ellas, la forma de realizar las notificaciones a los responsables, los deberes y derechos de los contribuyentes, la forma en que se determinan y extinguen las obligaciones tributarias, qué intereses se aplican, o las infracciones y sanciones, en qué casos cabe la repetición, o los plazos de prescripción, y los juicios de apremio”.

Una vez sancionado por la Legislatura, cada municipio podrá optar por adoptarlo para su comuna, a través del dictado de la respectiva Ordenanza Municipal.

De acuerdo al texto aprobado en la Cámara Baja, la finalidad es “uniformar los procedimientos administrativos y tributario en toda la Provincia de Mendoza” y “propiciar la colaboración mutua entre los organismos de recaudación municipales y provinciales a efectos de planificar acciones conjuntas” para lograr una “disminución de la evasión”, la “homogeneización de información y datos”, la “capacitación del personal específico” y una “mejora de la recaudación municipal”, además de “fortalecer la propia autonomía municipal simplificando la carga tributaria a los contribuyentes”.

Por otra parte, dispone que “en el ejercicio de su Autonomía, para la aplicación de los alcances del Código Tributario Municipal Armonizado en sus respectivas jurisdicciones, los municipios deberán adherir expresamente a la presente ley, emitiendo las Ordenanzas y/o actos que sean pertinentes para ello, con el fin de propender a la armonización de los procedimientos tributarios municipales en todo el territorio provincial”, como así también establece que “aquellos gobiernos municipales que adhieran a la presente Ley, deberán publicar en sus respectivos sitios web el texto del presente Código Tributario Municipal Armonizado en un plazo no mayor a 30 días desde su entrada en vigencia”.

Debate

 

El diputado Jorge López (UCR) tras resaltar el trabajo realizado por el Consejo Tributario Provincial junto a los municipios de la provincia, explicó que “en todo el texto del Código dejamos expresamente aclarado que no hay dudas del carácter de autonomía con el que cuentan los municipios de la provincia de Mendoza, que están establecidos en la reforma de la Constitución Nacional de 1994, y que defendemos. Creemos que esta herramienta permitirá dotar de aun más autonomía a los municipios porque no se avanza sobre lo cuantitativo”.

Señaló al respecto que se trata de “unificar procedimientos administrativos en toda la provincia. Hoy hay disparidad en la aplicación de normativas dependiendo de la jurisdicción. Esto hace más fácil todo el proceso” y permite además, “la mutua colaboración. De hecho, ya se vienen realizando colaboraciones en programas que permiten mejorar la información, como ventanilla única, información catastral. Es facilitar los procedimientos de todos de cara a los contribuyentes”.

También hizo mención a que “incorpora herramientas importantes como el domicilio fiscal electrónico, el expediente electrónico y el cruce de información, de bases de datos. Esto significa mejoras a la sociedad de cara a su interrelación con los gobiernos”.

 “Es un proceso que se ha llevado adelante desde abajo hacia arriba. Qué mejor que nuestra provincia siga teniendo normas que vayan en la vanguardia de lo que se pide a nivel nacional. Vamos a ser la segunda jurisdicción en el país que tiene una norma de estas características, que en respeto a la voluntad y autonomía de los municipios quedará a la espera que ellos adhieran o no, y por lo tanto, puedan disponer de un Código actualizado”.

Guillermo Mosso (DF), por su parte, también señaló que “este proyecto se ha construido en un proceso de abajo hacia arriba y tiene solidez técnica y en materia jurídica”.

“Este proyecto cristaliza un consenso generado entre los municipios de la provincia, no es una imposición de la provincia, estamos dando un marco de relevancia a este proyecto, es muy virtuoso lo que se trabaja porque es decirle que si a un acuerdo político institucional, para hacerle la vida más fácil al contribuyente”.

Asimismo, Jorge Difonso (UP-FR) anticipó el voto afirmativo de su bloque señalando que “el Consejo Tributario Provincial fue una solicitud y un planteo de todos los municipios, independientemente de su color político, para establecer políticas de Estado que permitan una gestión, una gobernanza posible”.

“El municipio es el eslabón más castigado y que más respuesta tiene que dar, por la cercanía, con sus vecinos. Por eso, la figura institucional del municipio tiene que ser revalorizada y no atacada, diciendo que es el que genera los impuestos, porque vamos a terminar diciendo que es el que genera la inflación, cuando en realidad está como último eslabón en la cadena pero es la primera respuesta que tiene que tener el vecino. Y desde este punto, es que me parece que el ámbito del Consejo Tributario es fundamental para la discusión de políticas públicas que mejoren la gobernanza. De acá es de donde van a surgir propuestas superadoras para mejorar las gestiones”, como por ejemplo, la distribución de la coparticipación, dijo.

En tanto, Mercedes Llano (PD) anticipó su voto negativo a la iniciativa fundamentando la posición de su bloque al considerar que “la finalidad última de esta iniciativa es la de habilitar a los municipios a crear impuestos” y dijo que “en Mendoza la autonomía municipal no ha sido reconocida constitucionalmente, sí son autárquicos económicamente. Los municipios deben bajar el gasto, y alcanzar acuerdos para bajar la carga tributaria, bajar la burocracia”, acotó.

Desde el FIT, Mailé Rodríguez, sostuvo: “No acompañamos este proyecto porque prevalece el criterio recaudatorio, si bien es competencia de los municipios, creemos que se podrían establecer algunos principios progresivos y no regresivos sobre los contribuyentes menores. Además creemos que quienes tienen más tienen que pagar más, y eso no está sucediendo”.

De igual forma, Mario Vadillo (CxM),  expresó su rechazo al expediente en tratamiento. Afirmó que “la presión tributaria es muy grande, en tiempo de pandemia y crisis, genera una regresión. La experiencia muestra que los municipios abusan de sus competencias. Los municipios son abusivos con sus cobros”, y manifestó que “es inequitativo para los vecinos de un departamento y otro”.

En respuesta a las exposiciones en negativa, Daniela García  (UCR), indicó que “tuvimos varias visitas de municipios, con los encargados de las áreas de Hacienda y esto en función de que se ha realizado este proyecto con acuerdo de los municipios, y se han tomado las experiencia de los municipios para llegar a esta Ley, que es un proyecto armonizado”.

“Esto define un Código de procedimiento, no se tocan normas de fondo, se invita a participar y adherir. Cada municipio ya tiene la capacidad de autonomía semiplena”, remarcó, a lo que López añadió que tanto la Constitución provincial como la Ley Orgánica de Municipalidades, son claras al respecto. “Dejemos de generar fantasmas donde no los hay”, puntualizó.

A su turno, Germán Gómez (FdT), adelantó el acompañamiento del bloque, aunque consideró que “Mendoza no es toda igual, la Mendoza que nos estamos planteando, tipificada, con una línea de que todos tienen que manejarse por la misma fórmula matemática, no es posible”.

Además, opinó que “lo que se debería hacer con este trabajo de dos años, con casi todos los municipios, donde se les brindó información, debería haberse elaborado por el Consejo Tributario, una recomendación, que se hiciese llegar a cada municipio, y que cada comuna dicte su propia ordenanza, su propio Código Tributario, o actualicen el Código Tributario que tienen actualmente”.


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