Despacho favorable a la creación de la figura del psicomotricista en Centros Educativos de Primera Infancia (CEPI)

La comisión de Desarrollo Social, que preside Stella Huczak (PRO), dio despacho favorable al proyecto de Ley de Silvina Gómez (UCR) que crea  en la provincia de Mendoza, la figura profesional del psicomotricista en los Centros Educativos de Primera Infancia (CEPI), quien será responsable de la planificación y ejecución de las actividades de psicomotricidad preventiva y educativa, así como del acompañamiento integral de los niños y las niñas en su desarrollo psicomotor.

Cada CEPI deberá contar con una sala especializada en psicomotricidad, equipada con materiales adecuados para la estimulación y el desarrollo de habilidades motoras, emocionales y cognitivas. Los materiales deberán incluir colchonetas, pelotas, aros, bloques y otros objetos que faciliten la motricidad y el juego simbólico.

La sala, según el articulado de la iniciativa, debe ser un espacio seguro, amplio y flexible, que permita a los niños y a las niñas moverse libremente y realizar actividades tanto individuales como grupales.

El psicomotricista tendrá las siguientes funciones: diseñar y coordinar las actividades psicomotrices adaptadas a cada grupo y a las necesidades de desarrollo de los niños y niñas que asistan; realizar evaluaciones psicomotrices periódicas para determinar el progreso y las necesidades específicas de cada niño/a; implementar estrategias de intervención individualizadas y grupales que favorezcan la motricidad, el desarrollo emocional y la socialización.

Asimismo deberán colaborar estrechamente con el personal del CEPI en la implementación de las actividades diarias, integrando los enfoques psicomotrices en el aula y brindar apoyo y asesoramiento a las familias para que puedan colaborar en el desarrollo psicomotor de sus hijos/as en el hogar.

También los integrantes de la comisión despacharon favorablemente el proyecto de Ley de Marcela Fernández (UCR-MC) por el cual se propone la adhesión de la  Provincia a la Ley Nacional 27716  - "Ley de diagnóstico humanizado" -, a fin de asegurar la contención y acompañamiento de las personas que reciben un diagnóstico de Trisomía 21/síndrome de Down para su hijo en gestación o recién nacido, mediante una adecuada comunicación interpersonal e información objetiva y actualizada de la condición informada.

Otros temas

En otro orden se debatieron varias iniciativas entre las cuales se encuentran las relacionadas con personas en situación de calle, determinando que se remitirán pedidos de informe a las áreas vinculadas a la temática para conocer detalles de las tareas que, desde el Ejecutivo, se están llevando a cabo.

Otro de los temas abordados se relaciona  con el proyecto de Giuliana Díaz (UCR) que establece la obligatoriedad de que todos los prestadores gastronómicos de la Provincia ofrezcan cartas menú digitales, las cuales contarán con fotografías o pictogramas de los productos ofertados, así como con la posibilidad de utilizar comandos de voz para la identificación de dichos productos y con la posibilidad de elegir su configuración y opciones entre los idiomas español, inglés, portugués y Lengua de Señas Argentina (para lo cual podrán usarse imágenes móviles en formato GIF), las que serán complementadas con cartas menú impresas, que incluirán sistema braile y gráficos representativos en LSA, para todos aquellos que las prefieran, las que seguirán el mismo diseño de las digitales.

La diputada Díaz será invitada a la próxima reunión de tablas para que se explaye sobre los fundamentos de la iniciativa, evacuando así las inquietudes que surjan en su tratamiento en comisión.

Asimismo, se abordó el proyecto de Emanuel Fugazzoto (PV)  que tiene por finalidad la regulación de las actividades de producción de censos y estadísticas oficiales en relación a la Discapacidad en todo el territorio de la Provincia de Mendoza

Con esa intención la pieza legislativa crea  la Encuesta Provincial de Discapacidad que se desarrollaría anualmente en todo el territorio de la Provincia para “contar con relevamiento de toda persona  con discapacidad y las condiciones de las mismas en cumplimiento del artículo 31 de la Convención sobre los derechos de las Personas con discapacidad.

Sobre el particular los legisladores se muñirán de información de las estadísticas disponibles en la DEIE y en cualquier otro organismo que se ocupe de censar a las personas con discapacidad.


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