Diputados recibieron a Tadeo García Zalazar para analizar los proyectos de fortalecimiento del sistema educativo

En plenario, los integrantes de las comisiones de Hacienda, Presupuesto y Asuntos Tributarios; Cultura y Educación; y Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) de la Cámara de Diputados, que presiden Jorge López (UCR), Natalia Vicencio (PJ), y Franco Ambrosini (UCR) respectivamente; recibieron al ministro de Educación, Cultura, Infancias y Dirección General de Escuelas, Tadeo García Zalazar y colaboradores de la cartera, quien se explayó sobre dos proyectos de Ley, recientemente presentados en la Cámara. Uno de ellos está relacionado con la creación del Fondo Escolar Permanente y otro con modificaciones a la Ley sobre “el régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio”, que permitiría redirigir recursos a la DGE.

Ante  legisladores de ambas Cámaras detalló, en relación a la creación del Fondo Escolar Permanente, que se encuentra “establecido en el art. 212 inc.1 de la Constitución de la Provincia de Mendoza”. Este fondo “se constituirá con los recursos provenientes de la enajenación de bienes inmuebles y muebles, registrables y no registrables, fondos y activos financieros que eventualmente pudieran surgir en el marco de una herencia vacante, titularizados por la Dirección General de Escuelas, en virtud de herencias vacantes y/o donaciones”, tal como indica el proyecto en su primer artículo.

Zalazar señaló que se “reglamenta la constitución del Fondo Educativo Permanente a través de la subasta de inmuebles públicos, vía Escribanía General de Mendoza”, manifestando que “se agrega algo que hasta hoy no se había tenido en cuenta” en cuanto a  las herencias vacantes. “Hasta hoy sólo ingresan bienes inmuebles”, dijo, considerando al respecto que se amplía el espectro sobre “bienes muebles, o cajas de seguridad sin herederos, herencias vacantes, vía mediación judicial”, recalcando que en todos los casos los fondos serían “para edificios y equipamiento de las escuelas de Mendoza”.

En tanto, sobre las modificaciones al “régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio”, el funcionario manifestó que “la modificación de un artículo de esta Ley, permitiría que el juez interviniente, una vez que ha fracasado el primer remate, pueda transferirlo a la DGE o para que constituya el Fondo Permanente. En ambos casos es una utilización productiva de inmuebles que están ociosos”.

“Es una utilización productiva de inmuebles que están en desuso”, remarcó el ministro,  e hizo hincapié en la posibilidad de rápida decisión judicial si es que los remates, por ejemplo, no tienen oferentes. Ante una requisitoria sobre el particular, Zalazar indicó que “el procedimiento administrativo no cambia, es el mismo, el listado de inmuebles ya ha pasado por el Consejo de Administración”, añadiendo que “lo que cambia es la posibilidad de agilizar la cantidad de inmuebles que ponemos para ser subastados y la incorporación de otros bienes”.

En este mismo orden, afirmó que junto a las iniciativas presentadas por el Poder Ejecutivo se ha incorporado un Anexo en el cual se enumeran 40 inmuebles para ser subastados y que implicaría una recaudación estimada en 4 mil millones de pesos anuales (dependiendo de los índices inflacionarios y valores de mercado) destinados a equipar o mejorar la infraestructura de escuelas de la provincia. Estas propiedades que forman parte del Anexo mencionado, se encuentran en 12 de los 18 departamentos de la provincia. Además, ponderó la incorporación de esos inmuebles en el Anexo con el objeto de que sea “de conocimiento público”.

Ante la consulta de legisladores, informó Zalazar que “hay un primer relevamiento de los inmuebles en cuestión”, reconociendo que “la mayoría de las construcciones están deterioradas, ya que en algunos casos han pasado 8, 10, 20 años”, las tramitaciones judiciales por convocatorias de herederos, etcétera; aunque no obstante, consideró que “tienen valor comercial en el mercado, por su ubicación”.

El ministro expuso que la DGE tiene un plan de inversión, que actualmente hay 30 proyectos en ejecución, algunos de ellos con fondos nacionales y que estas propuestas que se están analizando en la Legislatura, entre otras cosas,  pueden subsanar el atraso en el envío de recursos de Nación. Son proyectos de “construcción de escuelas en distintos niveles, en varios Departamentos de la provincia” dijo el funcionario, añadiendo que a los 22 proyectos escolares “hay que sumarles, los que trabajan los municipios que serían unos 8”.

El ministro Zalazar subrayó que “de manera permanente estamos buscando optimizar los recursos“ dando como ejemplo “la búsqueda de coeficientes zonales, de nuevos métodos de construcción, de capacitación de personal existente en construcción en seco para ampliación de aulas”. Pero aclaró que “hay una cuestión de fondo, que es la inflación que impide tener un panorama certero hacia adelante”.

Por otro lado expresó que los bienes muebles o inmuebles que pasen a formar parte de ese fondo mencionado podrán ser utilizados por si mismos para mejorar la infraestructura educativa o podrán usarse como garantía de financiamiento para el mismo fin.

Fondo Escolar Permanente

En los fundamentos, el proyecto manifiesta que se busca “fortalecer la capacidad financiera de la Dirección General de Escuelas (DGE)”, por ello el objetivo primordial es “mantener la infraestructura y el equipamiento escolar”, y para lograrlo “se plantea la implementación de un proceso eficaz y ágil de venta de bienes inmuebles y muebles, así como de fondos y activos financieros derivados de herencias vacantes”.

También agrega que “esta modificación legislativa busca alinearse con el objetivo de modernizar y fortalecer la capacidad de gestión de la DGE en aras de un mejor desarrollo educativo en la provincia; todo ello, sin comprometer los principios de transparencia y responsabilidad”.

Modificación al “régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio”

La iniciativa que presentó el Poder Ejecutivo, subraya en los fundamentos que “este proceso civil de extinción de dominio se erigió como una verdadera herramienta contra la corrupción que tiene dentro de sus objetivos, además de la celeridad y la oralidad, centrarse en los bienes producto del delito desapoderando a los imputados por los delitos previstos en la ley de esos bienes para beneficio de los niños y niñas que concurren a instituciones del Estado”.

Agrega que “en miras de una mayor eficacia, teniendo en consideración el espíritu de la ley ya vigente, este proyecto propone dar una herramienta al juez que dirige el proceso que le permita, mediante resolución fundada y cumpliendo al requisitos, la posibilidad de entrega directa del bien”.

Por todo ello es que la propuesta establece la modificación del inciso IX, apartado f) del Artículo 210 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la Provincia (Ley nº 9001 modificado por Ley Nº 9151). La cual consiste, fundamentalmente, en que “en el caso de que el remate de los bienes resultare manifiestamente antieconómico o cuando la primera subasta fijada fracasare por falta de oferentes o por algún otro motivo no imputable al Tribunal, el juez podrá, mediante resolución fundada, disponer la entrega directa de los bienes a la Dirección General de Escuelas quien, en el plazo de noventa días hábiles, deberá informar al Tribunal el destino final de cada uno de los bienes referidos".


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