Despacho favorable a la suspensión de ejecución de sentencias por deudas hipotecarias, hasta diciembre de 2025

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Franco Ambrosini (UCR), dio despacho favorable a un proyecto de Hebe Casado (ex diputada provincial y actual vicegobernadora), por el cual se suspende todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias, cuyos titulares estén comprendidos por el artículo 2° de la Ley N° 8.182, hasta el 31 de diciembre de 2.025.

El despacho aprobado, dispone que “estos deudores, no están obligados a la realización de ningún trámite administrativo ante el Poder Ejecutivo o Judicial mientras el primero lleva adelante las labores que le encomendara la Ley N° 8.182, ni la ausencia de ellos tomada como abuso o dilación mientras se sustancien las causas. La presente disposición, es de orden público y de cumplimiento obligatorio respecto a los deudores hipotecarios comprendidos en la Ley N° 8.182”.

Cabe recordar que el artículo 2° de la Ley 8182, hace referencia a deudores hipotecarios inscriptos en el Registro elaborado por el Poder Ejecutivo, el Movimiento de Defensa de la Vivienda Familiar y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios, el cual abarca a los deudores de los ex Bancos de Mendoza y de Previsión Social cuyos mutuos se hallen en poder de Seguro de Depósito S.A. (SEDESA), y a todos los deudores del sistema financiero y/o privados, que se encuentren comprendidos en el mismo.

De acuerdo a la fundamentación del proyecto, “luego de la crisis de 2001, quienes suscribieron hipotecas con objeto de vivienda única familiar, se vieron imposibilitados de hacer frente a las obligaciones asumidas y por ello se genera un conflicto que promueve la preocupación legislativa, motivo por el cual se promulgaron numerosas normas para la protección de derechos”.

Por tal motivo, en Mendoza se sancionaron las leyes 8005 y 8182, “que establecieron métodos de acción y prioridad para la salvaguarda de aquellos deudores hipotecarios que, superados por razones económicas y el devenir de los juicios tuvieron la oportunidad de ser alcanzados con la protección debida”, subraya el texto.


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