Prensa Mayo 5 de 2010.
el registro único de nombres de origen latinoamericano.
Esta lista incluirá nombres provenientes de todas las colectividades étnicas y nacionales existentes en el territorio provincial.
Para la creación de este Registro todas las Organizaciones de la Sociedad Civil que según sus estatutos representen a colectividades y que funcionen según los requerimientos legales estipulados por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas podrán, en un plazo no menor de 90 días hábiles posteriores a la promulgación de la presente ley, presentar una nónima de nombres originarios de la colectividad que representan.
Estas nóminas serán presentadas al Registro Civil y los nombres que se incluyan en el mismo tendrán igual tratamiento que los nombres tradicionales. Prensa Mayo 5 de 2010.