Así lo dispone el proyecto de ley originado en el Senado y al que Diputados dio sanción final en la sesión de este miércoles 9 de abril, previo dictamen de la comisión de Turismo y Deportes.
Textualmente expresa la norma: “Toda imagen perteneciente a alguno de los paisajes naturales, rurales o urbanos de la Provincia de Mendoza que sea utilizada para difusión, publicidad o con cualquier otro fin y que se difunda en el ámbito de la provincia, debe llevar impresa una leyenda donde consten al menos el nombre y la ubicación del lugar retratado, así como la fecha en la que se obtuvo la imagen”.
